Publicada la distribución de las subvenciones a los ayuntamientos para los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz

En el BOE del día 16/9/2021 se incluye la Orden JUS/888/2022, de 12 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de agosto de 2022, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz.

Las subvenciones a los ayuntamientos para los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz se modulan en función de la población de derecho de los municipios, de conformidad con los siguientes tramos:

  • De 1 a 499 habitantes: 310 euros/año
  • De 500 a 999 habitantes: 582 euros/año
  • De 1.000 a 2.999 habitantes: 1.104 euros/año
  • De 3.000 a 4.999 habitantes: 1.607 euros/año
  • De 5.000 a 6.999 habitantes: 2.010 euros/año
  • De 7.000 habitantes o más: 2.344 euros/año

De conformidad con la disposición adicional 10ª de la Ley 39/1992, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, los ayuntamientos de los municipios integrantes de cada una de las agrupaciones de secretarías de juzgados de paz, constituidas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50.1 y 2 de la Ley 38/1988, de demarcación y de planta judicial, perciben el 50% de la cantidad que, por población de derecho, les corresponda. El otro 50% pasa a incrementar la cantidad que, en función de su población de derecho, corresponda a los ayuntamientos de los municipios sedes de las citadas agrupaciones.

Descubre más desde SAAEL

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Continue reading