Cumplimiento de obligación de suministro de información al Ministerio de Hacienda y Función Pública

La disposición adicional octogésima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, establece la obligación de suministro de información al Ministerio de Hacienda y Función Pública por parte de las Entidades Locales, en aplicación del artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, disponiendo que se practicarán retenciones de los fondos por la participación en los tributos del Estado ante la falta de cumplimiento de dichas obligaciones.

Concluido el plazo para la remisión de la información correspondiente al presupuesto o prórroga de 2022 y/o las líneas fundamentales del presupuesto de 2023, la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local ha resuelto declarar el incumplimiento de la citada obligación de remisión de información, así como la retención a practicar (de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional octogésima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2022 sobre las entregas a cuenta de la participación en tributos del Estado a partir del mes de octubre y hasta tanto se produzca la regularización de la citada remisión o, de no producirse esta remisión, hasta la entrega a cuenta de diciembre de este año.

Al objeto de evitar la retención, el Ministerio mantendrá abiertas las aplicaciones de suministro de información hasta el viernes, 4 de noviembre de 2022.

El SAAEL está a disposición de las Entidades Locales que aún no han cumplido estas obligaciones para asistirles en la cumplimentación de los datos necesarios.

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