Compensación de saldos negativos en la liquidación de la participación en Tributos del Estado 2020

De conformidad con el artículo 76 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, los saldos deudores derivados para las Entidades Locales de la liquidación definitiva de la participación de los tributos del estado del año 2020 deben ser reembolsados por las Entidades Locales afectadas, mediante compensación con cargo a las entregas a cuenta en concepto de participación en los tributos del Estado.

Sin embargo, la disposición adicional octogésima octava de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, prevé una dotación adicional de recursos para incrementar la financiación a las Entidades Locales, con motivo de la cual se ingresará a cada entidad, a finales de este año, la misma cantidad que proceda reintegrar durante el presente ejercicio.

Las transferencias realizadas con cargo a esta dotación no tendrán carácter condicionado.

Puede consultar aquí los importes correspondientes a la liquidación definitiva de la participación de los municipios en los tributos del estado del ejercicio 2020.

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