En sesión de fecha 08/06/2023, la Junta Electoral Central, ACUERDA:
“conforme al criterio establecido por la Junta Electoral Central en su Acuerdo 34/2023, de 2 de marzo de 2023, en la medida en que la fecha prevista legalmente va a coincidir con la constitución de las corporaciones locales elegidas en el reciente proceso celebrado el 28 de mayo de 2023, se autoriza a que los Ayuntamientos puedan realizar el sorteo de los vocales de las Mesas electorales entre los días 22 y 28 de junio de 2023, siempre que cuenten con el censo definitivo y den publicidad a la fecha de realización del sorteo”.
Por ello, los Ayuntamientos podrán hacer los sorteos desde el día 22 de junio, haciéndose este periodo extensible hasta el 28 de junio.
El Ayuntamiento deberá contar con el censo electoral definitivo y dar publicidad a la fecha de realización del sorteo.
Por último recordar que la designación de Presidente y Vocales deberá ser notificada a los interesados en el plazo máximo de 3 días, indicado así por el artículo 27 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.