Comisiones circunstanciales

Conforme a lo previsto en el art. 55 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en los casos de ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de menos de 1.000 habitantes, a petición de la Corporación interesada, la Administración o Corporación Local que atienda los servicios de asistencia podrá comisionar a un funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para la realización de cometidos especiales de carácter circunstancial, por el tiempo imprescindible.

Si es usted el representante legal de un ayuntamiento de menos de 1.000 habitantes de la provincia de Cáceres y cumple los requisitos del Reglamento del Servicio de Asistencia a Municipios por el que se regula la asistencia a entidades locales en funciones reservadas a funcionarios/as de habilitación nacional por parte de la Diputación Provincial de Cáceres, puede realizar la correspondiente solicitud a través de la Sede Electrónica.

Para realizar una SOLICITUD DE SECRETARIA-INTERVENCION (MENOS DE MIL HABITANTES) en la Sede Electrónica:

  • 1. Identifíquese en la Sede, si no lo ha hecho previamente.
  • 2. Seleccione la pestaña Nuevo, vaya a Trámites por área administrativa y escoja SOLICITUD SECRETARIA-INTERVENCION (MENOS DE MIL HABITANTES), en el apartado Asesoramiento jurídico y financiero a EELL y pulse en el botón iniciar
  • 3. Rellene los campos requeridos.
  • 4. Adjunte la documentación necesaria para la asistencia solicitada.
  • 5. Firme electrónicamente la solicitud.