En el BOE de 29 de julio de 2025 se publicó la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al artículo 41.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
Dicha resolución se dicta en cumplimiento del artículo 41.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, incluyendo la relación de municipios susceptibles de participación.
La citada resolución abre el plazo para que los municipios incluidos remitan su solicitud de adhesión al Fondo de Ordenación para 2026, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 41.1.b) del mencionado Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, y para atender nuevas necesidades financieras, así como para el Fondo de Impulso Económico.
La aplicación informática para la captura de datos de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales permanecerá abierta hasta el 19 de septiembre de 2025, tanto para el Fondo de Ordenación como para el Fondo de Impulso Económico.
La Subdirección General de Gestión de la Financiación de la Administración Local ha publicado en la página web de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales el documento “Nota relativa a la apertura del procedimiento de adhesión y de comunicación de necesidades financieras para su cobertura en 2026 por los compartimentos del Fondo de Financiación a Entidades Locales (FFEELL): Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico”, que puede consultar aquí.
Asimismo, puede consultar aquí la publicación en el BOE de la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al artículo 41.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
Para cualquier duda o aclaración tienen a su disposición al personal del Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales de la Diputación, cuyo directorio es accesible a través de la página web del Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales.
Cáceres, 11 de agosto de 2025.